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Artículo

A punto de ser aprobada la reforma pensional en Colombia

Por Germán Andrés Ayala y Gonzalo Vertiz | Junio 6, 2024

La reforma implica un cambio a un sistema de pilares en donde los regímenes de beneficio definido (Colpensiones) y de contribución definida (AFPs) se complementan en lugar de competir.
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Se llevó a cabo en el Senado de la República la discusión sobre la Reforma Pensional. El proyecto propone un cambio de un sistema en donde compiten un régimen de beneficio definido a cargo de Colpensiones con otro de contribución definida a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías (AFPs), a un sistema de pilares en donde los dos regímenes se complementan.

Un resumen de la generalidad del proyecto se expone a continuación

  1. 01

    Pilar Solidario

    dirigido a personas en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad. Este pilar garantizaría una renta básica solidaria para amparar las condiciones mínimas de subsistencia de los adultos mayores pobres y de hombres y mujeres pobres mayores de 55 y 50 años respectivamente, que tengan una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50%, la cual se financiaría con recursos del Presupuesto General de la Nación y de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional.

  2. 02

    Pilar Semicontributivo

    dirigido a personas que habiendo cotizado al sistema de seguridad social y que a los 65 y 60 años para hombres y mujeres respectivamente, no completen los requisitos para acceder a una pensión. Estas personas podrían acceder a un beneficio económico que se financiará con recursos del Presupuesto General de la Nación y con sus propios aportes. En este pilar también estarían cubiertas las personas que estén actualmente en el programa de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

  3. 03

    Pilar Contributivo

    dirigido a trabajadores y personas con capacidad de pago para los aportes al sistema de pensiones. Este pilar a su vez lo componen:

    • Pilar Contributivo en su Componente de Prima Media: integrado por las personas afiliadas al sistema de seguridad social. Recibirá las cotizaciones por parte de los ingresos base de cotización entre 1 y hasta 2.3 SMLMV. Las pensiones en este pilar se financiarán con recursos del Fondo Común de Vejez y el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo.
    • Pilar Contributivo en su Componente Complementario de Ahorro Individual: integrado por las personas afiliadas al sistema con ingreso superior a 2.3 SMLMV. Recibirá las cotizaciones por parte del ingreso base de cotización que exceda los 2.3 SMLMV y hasta 25 SMLMV. Las prestaciones se financiarán con el monto del ahorro individual y sus rendimientos en un sistema de contribución definida.
  4. 04

    Pilar de Ahorro Voluntario

    integrado por personas que hagan un ahorro voluntario a través de los mecanismos que existan en el sistema financiero.

    Ahora bien, esta reforma no plantea cambios en el monto de los aportes al sistema pensional, es decir se mantiene el actual porcentaje de aportes sobre el salario base de cotización y la distribución de éste entre el empleador y el empleado. Así mismo, el sistema de prestaciones por fallecimiento o invalidez en la etapa laboral se mantiene muy similar al actual. Adicionalmente, las semanas mínimas de cotización de 1.300 para el Pilar Contributivo en su Componente de Prima Media no presenta cambios; sin embargo, se genera un beneficio nuevo por una disminución de 50 semanas por cada hijo vivo para las mujeres, sin exceder 150.

    Por otro lado, se establece la posibilidad de una pensión familiar con la suma de esfuerzos de los cónyuges para que, bajo ciertas condiciones, se consideren los aportes de cada uno con el objetivo de completar los requisitos de la pensión en el Pilar Contributivo. 

    De igual manera, se plantea un régimen de transición que implica que se respeten las condiciones del actual régimen de pensiones para quienes completen al menos 750 semanas de aportes para las mujeres y 900 para los hombres.

    El proyecto plantea cambios como la eliminación del subsidio para las pensiones más altas que se da en el actual régimen de prima media; sin embargo, no es claro cómo mejora uno de los problemas más importantes del sistema actual como es el bajo nivel de personas contribuyendo al mismo.

    En caso de aprobarse definitivamente la reforma, en los próximos años se incrementará la relevancia del ahorro individual voluntario y de los planes de ahorro complementario que puedan ofrecer los empleadores, dado que se espera una reducción considerable en el monto de la pensión que se genera desde el sistema de seguridad social para los salarios medios y altos.  En este sentido, los empleadores deberían monitorear el avance del texto de la reforma y apoyar con educación sobre los posibles efectos que tendría la misma en las pensiones de sus empleados.

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