Los trabajadores en el extranjero son una pieza esencial para las empresas con actividad en varios países. Son claves para reforzar la estrategia global de la organización y a la hora de abrir nuevos mercados. Gestionar los riesgos a los que se enfrentan y los beneficios que reciben es, sin embargo, una de las grandes complicaciones que tienen las compañías con empleados en movilidad internacional.
El incremento de la movilidad internacional tras el frenazo obligado por la pandemia, unido a la situación de inflación en el mercado de los seguros, ha supuesto para muchas empresas la necesidad de planificar mejor y contar con mejores coberturas para evitar más problemas financieros en caso de incidente. Así, ¿cuáles son hoy los riesgos de tener trabajadores en el extranjero?
Sea cual sea el tipo de trabajador que está en el extranjero, de un viaje de negocios a un empleado expatriado, es necesario tener en cuenta el marco legal que los protege. En primer lugar, el Estatuto de los Trabajadores en España establece que cualquier desplazamiento no puede suponer para el trabajador una disminución del nivel de protección, seguridad y salud que tenía en España y hace responsables a la empresa en caso de incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
Por otra parte, si el desplazado se encuentra dentro de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza, la Directiva 96/71 del Parlamento Europeo y Consejo de 16 de diciembre de 1996 establece que las empresas deben de garantizar a los trabajadores desplazados las condiciones de salud, seguridad e higiene laboral obligatorias en el estado de destino. Para desplazamientos fuera del ámbito europeo, las empresas deberán atenerse a la normativa local y garantizar la participación de los trabajadores en materia preventiva, tal como recoge la Organización Internacional del Trabajo.
La prevención de riesgos laborales de los trabajadores en movilidad internacional debe centrarse en mantener la seguridad, la salud y la higiene laborales en cualquier actividad relacionada con el trabajo y tener en cuenta que el simple hecho de estar en otro país puede exponer al empleado a nuevos riesgos. Así, estos son algunos de los riesgos laborales a tener en cuenta para trabajadores desplazados:
En el caso de empresas españolas, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece la necesidad de elaborar un plan previo de evaluación y planificación de riesgos laborales antes del inicio de la actividad o del desplazamiento, la obligatoriedad de que los trabajadores reciban toda la información necesaria sobre los riesgos a los que se enfrentan y la obligatoriedad de garantizar la seguridad del empleado ante una situación de peligro o riesgo grave.
De acuerdo con la legislación española y europea, los trabajadores desplazados en el extranjero serán sometidos, como norma general, a la legislación en materia de seguridad social del país donde realizan el trabajo. Sin embargo, cuando se trate de traslados temporales dentro de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo, Suiza o Reino Unido, pueden mantener la legislación española de seguridad social en los términos y requisitos que refleja la normativa.
Las coberturas médicas de los trabajadores en movilidad internacional dependen en gran medida del país de destino. En países de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo, Suiza o con convenio bilateral de asistencia sanitaria (Andorra, Brasil, Chile, Marruecos, Perú y Túnez), los trabajadores podrán acudir a un centro público y recibir atención sin coste al presentar la tarjeta sanitaria europea.
Existen otros países con convenio bilateral sin inclusión de asistencia sanitaria en los cuales el paciente deberá abonar el importe de la asistencia recibida en centros públicos y posteriormente solicitar un reembolso en su país de origen. Estos son Argentina, Australia, Canadá, Colombia, Estados Unidos, Filipinas, Japón, México, Paraguay, República Dominicana, Rusia, Turquía, Ucrania, Uruguay y Venezuela.
En el resto de países, el paciente debe costearse su propia asistencia. Para evitar que el trabajador quede desprotegido en el caso de necesitar atención sanitaria, lo más habitual es contar con seguros de business travel que incluyan coberturas de salud, asistencia de emergencia, acceso a servicios de telemedicina o evacuación, entre otros aspectos.
Para proteger la seguridad, la salud y la higiene laboral del trabajador y mitigar los riesgos derivados a los que se enfrenta la compañía, el sector de los seguros ofrece diferentes soluciones. Para viajes de negocios o estancias de corta duración, los seguros de business travel, con complementos para accidentes (BTA, por sus siglas en inglés) y/o atención sanitaria (BTM), aseguran la correcta protección del trabajador ante cualquier accidente o imprevisto.
Para asignaciones de larga duración, existen soluciones aseguradoras de salud diseñadas para cubrir todos los gastos sanitarios durante la estancia en el extranjero, incluyendo desde teleasistencia y reembolso rápido de gastos hasta tratamientos de salud mental o medicina preventiva. Estos seguros de salud se pueden complementar con un plan internacional de riesgo para expatriados que incluya un seguro de vida, uno de accidentes y otro de prestaciones complementarias por incapacidad.
Los empleados en movilidad internacional son uno de los mayores activos de las compañías y la empresa tiene la obligación moral y legal de protegerlos. Para ello, contar con el apoyo de una compañía a la vanguardia del conocimiento en programas de beneficios y seguros para empleados desplazados o que viajan por trabajo como WTW, con un equipo de más de 140 expertos en el sector y un departamento propio de prestaciones, es fundamental.