Tras un 2022 marcado por el alza de los precios y la pérdida de poder adquisitivo de los pensionistas, el 1 de enero de 2023 ha traído importantes novedades en materia de revalorización de las pensiones, tanto contributivas como no contributivas. Esta es una de las consecuencias de la reforma de las pensiones que entró en vigor a principios del año pasado y adecuaba la Ley General de la Seguridad Social a las recomendaciones del Pacto de Toledo. Pero no es la única. Si te jubilas este año, esto es todo lo que tienes que saber sobre las pensiones en 2023.
El dato publicado por el Instituto Nacional de Estadística dejó la subida del índice de precios de consumo (IPC) de noviembre en un 6,8 %. Aunque finalmente la inflación parece haberse contenido en los últimos meses de 2022, el alza de los precios ha sido importante durante el año pasado. Además, dado que la revalorización de las pensiones está ligada a la media anual del IPC, la inflación también marca una importante subida de la cuantía de las prestaciones a partir de enero de 2023. Así, los más de nueve millones de pensionistas españoles verán como sus ingresos suben un 8,46 %.
El alza del 8, 46 % dejará la cuantía anual mínima de las pensiones de jubilación de la siguiente manera:
El alza de las pensiones también afecta a la cuantía de la pensión máxima. Tras aplicarse la subida del 8,46 %, la pensión máxima de jubilación para 2023 queda fijada en 42 829,29 euros anuales, sea cual sea la situación del beneficiario (con cónyuge a cargo, sin cónyuge o con cónyuge no a cargo).
En 2021, antes de aprobarse la reforma de las pensiones, ya se había aprobado un mecanismo para ligar el incremento de las cuantías al IPC. Esto provocó un desajuste que se solucionó durante el mes de enero del año pasado mediante el abono de una paga extraordinaria de compensación, también conocida como ‘paguilla’, para todos aquellos que ya eran pensionistas en 2021, pero habían experimentado una revaloración por debajo del IPC. Dado que ese desajuste ha quedado resuelto, en 2023 no habrá paga compensatoria.
En línea con los cambios en la edad de jubilación experimentados durante los últimos años, en 2023 la edad necesaria para percibir la máxima cuantía de pensión por jubilación a la que se tiene derecho queda fijada en 66 años y cuatro meses para aquellos que hayan cotizado menos de 37 años y nueve meses a la Seguridad Social. Para quienes hayan cotizado más, la edad mínima seguirá siendo de 65 años. Es decir, la edad de jubilación se retrasa en dos meses y el periodo de cotización para acceder a la jubilación con 65 años se amplía en tres meses con respecto a 2022.
Como es lógico, este cambio también influye en la edad a la que se puede acceder a la jubilación anticipada, ya que esta se puede producir como máximo cuatro años antes de la edad ordinaria en jubilaciones anticipadas por cese involuntario, o dos años antes de la edad ordinaria en caso de jubilaciones anticipadas por decisión del trabajador. A estos efectos, es importante tener en cuenta que en las jubilaciones anticipadas se considera cotizado, a efectos de determinar la edad ordinaria que correspondería, el periodo de tiempo que se anticipa la jubilación respecto a la edad de 65 años.
Desde 2013, el número de años requerido para tener derecho a percibir el 100 % de la base reguladora de la pensión ha venido incrementándose. En el periodo entre 2020 hasta 2022 (ambos incluidos) era necesario haber cotizado un mínimo de 36 años. A partir de 2023, y también 2024, 2025 y 2026, será necesario haber cotizado 36 años y 6 meses o más para tener derecho a percibir el 100 % de la base reguladora de la pensión. Ya a partir de 2027, serán necesarios 37 años cotizados.
Entre 2023 y 2026, si no se tiene el mínimo de 36 años y 6 meses cotizados, los derechos de acceso a la pensión de jubilación quedan de la siguiente manera:
La cuantía final de la pensión se calcula partiendo de la llamada base reguladora. En este artículo te explicamos en detalle cómo funciona, pero a grandes rasgos se calcula a partir de la base de cotización (la media del sueldo bruto mensual de un trabajador por cuenta ajena o la remuneración mensual de referencia que un trabajador autónomo escoge para pagar sus cotizaciones a la Seguridad Social). Desde el año pasado, se tienen en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años trabajados justo antes al mes previo jubilarse.
Tras un periodo en el que el número de bases de cotización que se tenían fue aumentando, para 2023 no se esperan cambios en ese sentido. Sin embargo, sí podría haber novedades a nivel legislativo. El pasado mes de noviembre, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, propuso a la mesa de diálogo social subir a 30 años el periodo de cálculo de la pensión, descartando los dos peores. Así, es probable que durante este año se debata bastante sobre este tema e, incluso, haya alguna novedad en la norma.