Cada 1 de enero, y en línea con lo que marca la legislación española en materia de pensiones, entran en vigor una serie de novedades que afectan a la cuantía de las pensiones, tanto las contributivas como las no contributivas, la edad de jubilación o las bases de cotización a la Seguridad Social, entre otros aspectos. Estas son las novedades que ha traído el inicio de 2024 en materia de pensiones.
En línea con lo especificado en Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, la edad de jubilación ordinaria vuelve a aumentar en 2024. Así, este año sube en dos meses respecto a la edad de 2023, alcanzando los 66 años y 6 meses para aquellas personas que tengan menos de 38 años cotizados. Para los trabajadores que hayan cotizado más, la edad de jubilación se mantiene en los 65 años.
La edad mínima para acceder a la jubilación anticipada está vinculada a la edad ordinaria de jubilación, por lo que en 2024 esta también se retrasa. Durante este año, se podrá acceder a la jubilación anticipada voluntaria a partir de los 64 años y 6 meses (si se ha cotizado menos de 38 años) o a partir de los 63 años (si se ha cotizado más). Para la jubilación anticipada involuntaria o forzosa, las edades mínimas de acceso serán 62 años y 6 meses o 61 años, en función de si se ha cotizado o no menos de 38 años.
Algo similar sucede con la edad para acceder a la jubilación parcial. En la modalidad parcial sin contrato de relevo, la edad es la misma que la que se establece de forma ordinaria. Es decir, 66 años y 6 meses (o 65 para quienes hayan cotizado más de 38 años). En la modalidad de jubilación parcial con contrato de relevo, la edad de acceso se retrasa hasta los 64 años en el caso de haber cotizado 33 años o más y hasta los 62 años y 6 meses en caso de haber cotizado 36 años o más.
En línea con la revalorización de las pensiones según el índice de precios de consumo (IPC), las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social y de clases pasivas del Estado han subido un 3,8 % con carácter general. De acuerdo con los datos de la Seguridad Social, el aumento de la pensión media de jubilación, de 1380 euros al mes, es de 734 euros al año o 52 euros al mes.
Teniendo esta subida en cuenta, la pensión máxima de jubilación en 2024 será de 3175,04 euros mensuales o 44 450,56 euros anuales. Por su parte, la pensión mínima de jubilación variará, en función del caso, en una horquilla que va de los 10 215,80 euros anuales para titulares menores de 65 años con cónyuge no a cargo y los 21 698,60 para titulares con sesenta y cinco años procedente de gran invalidez y con cónyuge a cargo. El objetivo es equiparar progresivamente las pensiones mínimas de jubilación con el 100 % del umbral de pobreza.
Al margen de la subida general de las pensiones contributivas, 2024 trae un aumento por encima del IPC de las pensiones mínimas de jubilación y viudedad y las pensiones no contributivas, además del ingreso mínimo vital y el complemento de brecha de género.
Así, la pensión mínima de viudedad, para titulares con cargas familiares, equipara su cuantía a la de la pensión mínima de jubilación con cónyuge a cargo, lo que supone un aumento del 14,1 %. Su importe crece desde los 12 682 euros anuales de 2023 a 14 457. El objetivo es equipararlas, a lo largo de los próximos cuatro años, con las pensiones mínimas de jubilación.
Por otra parte, las pensiones no contributivas continuarán aumentando con la intención de que en 2027, se equiparen con el 75 % del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal. De esta forma, este año, las pensiones no contributivas se incrementarán el 6,9 %, ascendiendo a 7250,60 euros anuales.
Como consecuencia de lo anterior, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) también subirá en 2024 un 6,9%. Además, la legislación contempla para 2024 y 2025 una subida adicional del 10 % del complemento para la reducción de la brecha de género. Este año, será de 33,20 euros mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe.
La regulación de las pensiones establece que, desde 2024 y hasta 2050, las bases máximas de cotización a la Seguridad Social subirán en línea con el IPC y con un añadido de 1,2 puntos extra por cada año. Así, teniendo en cuenta el IPC del año pasado, la previsión será que la base máxima de cotización subirá este año un 5 %, situándose en los 4720,30 euros mensuales o 56 644 euros anuales. No obstante, aún está por confirmar en la Ley de Presupuestos Generales del Estrado, por lo que habrá que prestar especial atención a lo que disponga el BOE.
En enero de 2024, también se han actualizado los importes de las bases de cotización mínimas y máximas para los trabajadores autónomos. Esta subida dependerá de en qué tramo de ingresos, de los 15 existentes, esté el trabajador autónomo. Mientras los trabajadores que tengan unos rendimientos netos menores a 1166,70 euros mensuales verán ligeramente reducida su base mínima de cotización, y los de los tramos 1, 2 y 3 (con rendimientos netos de entre 1166,70 y 1700 euros anuales) no experimentarán cambios, el resto tendrá incrementos ligeros en las bases.