¿Qué es un seguro de caución?
Ante la situación financiera que estamos viviendo en los últimos años, contar con un seguro de caución que garantice el pago de una indemnización en el caso de que el tomador incumpla las obligaciones contractuales y legales que tiene respecto al asegurado es fundamental para garantizar la estabilidad de tu compañía.
Los seguros de caución se instrumentan a través de contratos de seguro que se componen de condiciones generales y condiciones particulares, y, en la mayoría de los casos, de un documento también llamado fianza, garantía o certificado de seguro de caución (AVAL).
La característica principal de este tipo de seguros es el derecho de repetición del asegurador frente al tomador en caso de siniestro.
Las figuras que intervienen en este tipo de riesgos son:
- TOMADOR DEL SEGURO o contratante: Es la persona física o jurídica que contrata el seguro, obligado al pago de la prima.
- ASEGURADO o BENEFICIARIO: Es la persona física o jurídica que recibirá la indemnización y ante quien se presta la caución.
- ASEGURADOR: Es la compañía aseguradora, que emite la póliza y el certificado de caución.
La relación entre las partes se configura de la siguiente forma:
- Mediante un contrato, el asegurado exige al tomador una caución en garantía del cumplimiento y buen fin del contrato / obligación.
El vínculo entre el asegurado y el asegurador es el certificado de seguro de caución, que emite el asegurador y a través del cual garantiza al asegurado que el tomador va a cumplir sus obligaciones según los términos y condiciones establecidas en el contrato suscrito entre ambos, comprometiéndose al pago de una indemnización en el caso de falta de cumplimiento.
- Entre el tomador y el asegurador se establece el vínculo de la póliza de seguro, en virtud de la cual el tomador se compromete a pagar la prima y a resarcir al asegurador de las cantidades que éste hubiera tenido que pagar como consecuencia de la ejecución del certificado de caución por parte del asegurado.
Por lo general los seguros de caución, a diferencia de otros tipos de seguros, están sujetos al estudio pormenorizado de la solvencia financiera, moral y técnica del tomador del seguro, lo que hace que en ocasiones el asegurador rechace la suscripción de determinados riesgos.
Es importante destacar que el estudio, apertura o el seguimiento de la línea no tiene coste alguno para el tomador.
Ventajas del seguro de caución frente a avales bancarios
Entre los principales beneficios del seguro de caución frente a avales bancarios podemos destacar:
- Con la utilización de seguros de caución se liberan los cúmulos en entidades financieras, de tal forma que pueden ser utilizados para el desarrollo de su actividad empresarial o financiación.
- Sin pignoración de efectivo o cuesta de pasivo
- Sin reporting al Banco de España. No consumen CIRBE.
- Tasas generalmente más reducidas respecto a los avales bancarios.
- En los avales bancarios no se suele extornar prima mientras que en los seguros de caución existen tasas anuales con extorno de primas por el tiempo real no consumido.
- Sin costes de estudio y apertura de línea.
- Administración más sencilla que los avales bancarios donde las empresas pueden ver y administrar certificados de caución a través de aplicaciones en línea las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
Tipos de garantías
Tipología
El seguro de caución puede ser planteado tanto en el ámbito público como privado y sus tipologías son múltiples.
Las Garantías Públicas son las requeridas por los organismos de la Administración y están sujetos a la Ley 13 /1995, de 8 de mayo, de contratos de las Administraciones Públicas y, en todo caso, a las normas de derecho mercantil. Su vencimiento suele ser indefinido.
Las principales garantías Públicas son:
- Ejecución.
- Acopios / Anticipos (100% del anticipo).
- Ante la Aduana.
- Caución para energía (MEFF, OMIE, MIBGAS, puntos de conexión, subasta de capacidad, consumo de energía…).
- Garantías judiciales.
- PERTES.
Las Garantías Privadas son las requeridas entre particulares (personas físicas o jurídicas), están regidas por la relación contractual de ambas partes y su cancelación tiene una fecha concreta, pactada en el contrato.
Las principales garantías son:
- Ejecución / Cumplimiento de Contrato / Periodo de Garantía.
- Suministros.
- Periodo de garantía.
- Afianzamiento de anticipos para la compra de viviendas.
- Built to rent.
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